Los patronos deberán entregar el aguinaldo desde el próximo 2 de diciembre y hasta el 20 de diciembre.
El Colegio de Contadores Públicos recuerda la forma en la que se calcula este pago.
Para calcularlo se suman los salarios ordinarios y extraordinarios recibidos desde el 1º de diciembre del año anterior hasta el 30 de noviembre de este año. El monto total se divide entre 12.
Este dinero no es un obsequio del patrono, sino un salario adicional que por ley le corresponde a todos los trabajadores.
Para tener derecho al aguinaldo no necesariamente se tuvo que trabajar todo el año completo.
Por ejemplo, en el caso de que una persona que haya trabajado seis meses, le corresponde un monto aproximado a medio salario.