Al menos cuatro parejas del mismo sexo tramitan solicitudes de adopción en San José, Heredia y Puntarenas.
Las peticiones fueron tramitadas entre el 29 de noviembre de 2021 y el 9 de marzo de 2022. Según se desprende de un informe realizado por el departamento de comunicaciones de la Corte Suprema de Justicia a solicitud de CRHoy.com. En ese mismo periodo se gestionó la única adopción concedida hasta la fecha a matrimonios o uniones de hombres o mujeres.
De las cuatro solicitudes, dos están en estudio del Juzgado de Niñez y Adolescencia de San José. Los casos se desarrollan bajo los expedientes 21-001001-0187-FA y 21-000994-0673-NA los cuales ingresaron el 29 de noviembre y el 9 de diciembre de 2021, respectivamente. De acuerdo con el reporte suministrado a este medio.
Otra de las peticiones se planteó en el Juzgado de Familia de Heredia el 13 de diciembre de 2021 y la restante en el Juzgado de Familia de Puntarenas. Que entró el 9 de marzo de 2022, detallaron los órganos jurisdiccionales.
La petición realizada por CRHoy.com se cursó -mediante la oficina de prensa del Poder Judicial- a los 29 juzgados de familia del país.
Cinco de estas instancias -la Primera de Familia de San José; la de Familia del II Circuito Judicial de San José; la de Familia de Desamparados. La de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita; así como de Civil, Trabajo y Familia de Puriscal. Dijeron que la competencia le correspondía a la de Niñez y Adolescencia de San José.
Asimismo, cuatro indicaron que no tienen registros. Por ejemplo, el Juzgado Segundo de Familia de San José y el de Familia de Cartago explicaron que carecen de un filtro para generar un informe específico de gestiones realizadas por parejas homoparentales. Las restantes instancias sin reporte son la Familia de Alajuela y la Mixta de Upala, ya que en sus sistemas no se hace una distinción de las partes involucradas.
Diecisiete descartaron tener en trámite solicitudes de este tipo, tras realizar la búsqueda respectiva.
Histórica resolución
La primera y -hasta la fecha- única adopción otorgada a una pareja del mismo sexo se concretó el 15 de junio de 2022.
Esta fue solicitada por un matrimonio de dos hombres el 18 de diciembre de 2021; es decir, después de los dos casos que se mantienen en trámite. Tal y como lo pudo constatar este medio a partir del informe del departamento de comunicaciones de la Corte Suprema de Justicia.
Dicho caso se gestionó bajo el número de referencia 21-000994-0673-NA.
En ese expediente, la jueza Nelda Jiménez Rojas determinó que el hogar conformado por la pareja era idóneo para brindarle un hijo. En este caso, se trata de un menor de 16 años de edad, informó el Poder Judicial el 19 de julio de 2022.
Dicho boletín resalta que en el análisis jurídico de la sentencia privó el principio de interés superior del menor de edad.
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“En el hogar de don … y don …, (el menor) ha encontrado la familia que siempre había soñado y que le fue negada desde que era un niño de tan solo cuatro años. Momento en el que fue institucionalizado, hasta que la vida lo llevara a conocer a los padres que ya lo esperaban”.
Responsabilidad del Patronato Nacional
La resolución estableció la responsabilidad del Patronato Nacional de la Infancia (PANI) de dar seguimiento a la adopción por los próximos dos años; tiempo en el cual el joven cumplirá la mayoría de edad.
Además, el fallo clarificó que no existen diferencias entre la adopción conjunta nacional conformada por una pareja homosexual. A la de una pareja heterosexual, ya que los requisitos legales y formales son los mismos.
“El verdadero binomio al hablar de adopción es el de analizar el interés superior de las personas menores de edad, no sujetas a autoridad parental. Y el derecho de las personas adultas para acceder a la adopción, así como sus verdaderas posibilidades de lograr únicamente por medio del amor educar y formar sus hijos o hijas como personas de bien para la sociedad. Cualquier otra necesidad -alimento, vestido, educación, techo- puede ser suplida por el Estado. No así el sentimiento de afecto, apoyo y amor que debe darse entre padres e hijos“, puntualiza la resolución.
La sentencia agrega que “la familia es fundamental, sin importar si esta es conformada por una pareja de hombre y mujer. O una de dos mujeres o de dos hombres, toda vez que lo primordial es el bienestar de los niños, niñas y jóvenes”.
Con información de Cr Hoy
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