Alves, en libertad provisional bajo fianza de un millón de euros

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FOTO: Dani Alves (EP).

La sección 21 de la Audiencia de Barcelona ha resuelto, por mayoría y con voto particular, y tras la vista del pasado martes —donde la defensa solicitó la libertad del condenado— acordar eludible la prisión provisional de Dani Alves a través de una fianza de un millón de euros y la retirada de sus dos pasaportes (brasileño y español). De esta manera, y tras verificarse el pago, podría acordarse su libertad provisional.

A estos efectos, el tribunal impone como condiciones la prohibición de salir del territorio nacional y, además, la obligación de comparecencia ante la Audiencia Provincial de manera semanal y todas aquellas veces que sea llamado y requerido por las mismas autoridades judiciales.

También se impone al futbolista la prohibición de acercarse a la denunciante a una distancia menor de 1.000 metros de su domicilio, así como de su lugar de trabajo y de cualquier otro sitio que ella frecuente. Tampoco podrá comunicarse con ella a través de ningún tipo de medio hasta que recaiga sentencia firme.

Desde el tribunal se aclara que “conviene recordar que la función de la prisión provincial no puede ser en ningún caso la de adelantar los efectos de una hipotética pena que pudiera serle impuesta al acusado” y que tampoco debe ser la de “impulsar la investigación del delito u obtener pruebas o declaraciones”, argumentando que, si estos son los fines, la privación de la libertad estaría excediendo los límites marcados por la propia Constitución. Bajo esta explicación, considerando el tribunal que cada escenario es merecedor de su propia valoración, se asienta la base de la libertad condicional del brasileño.

Sobre el riesgo de fuga

Uno de los motivos que ha sido parte fundamental del debate que lleva a este punto ha sido el riesgo de fuga; sobre él dice el tribunal que considera dos factores: uno objetivo, “constituido por la gravedad del delito imputado y de la consiguiente pena, que justifica la inicial adopción de la medida”, y otro subjetivo, “que ha de tener en cuenta el transcurso del tiempo como factor mitigador del criterio anterior”. Este segundo punto, se recoge en el auto, obliga, transcurrido un tiempo de prisión preventiva, a valorar la circunstancias personales y la posible necesidad de mantenimiento de la medida.

El jugador, condenado a cuatro años y seis meses de prisión por la agresión sexual que cometió a una joven durante la madrugada del 31 de diciembre de 2022 en la discoteca Sutton de la ciudad condal, fue encarcelado inicialmente el 20 de enero de 2023. Ahora se encuentra a la espera de la sentencia definitiva, habiendo recurrido la condena tanto la defensa, como la fiscalía y la acusación particular, cada parte por un motivos diferentes.

Con información | AS 

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