Diputados de la Comisión de Asuntos Hacendarios aprobaron un proyecto de ley que pretende eliminar el secretismo en la información financiera del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) e Instituto Nacional de Seguros (INS). La iniciativa -impulsada por la diputada Ana Lucía Delgado, del Partido Liberación Nacional (PLN)- fue dictaminada afirmativamente por la mayoría de legisladores. Solo votó en contra la congresista Laura Guido, del Partido Acción Ciudadana (PAC).
La propuesta busca eliminar la confidencialidad de la información financiera a la que se amparan ambas entidades para no hacerla pública.
Según el texto aprobado, en el caso del ICE la confidencialidad de la información solamente podrá aplicarse en aquellas actividades o servicios que se desarrollen bajo esquemas de libre competencia.
Pero esto no incluye a los segmentos de su actividad que se mantengan en monopolio, ni tampoco los estados financieros, sus ingresos, la custodia, los procedimientos y actividades administrativas, la inversión, el gasto y su evaluación, el balance de situación, el estado de resultados, sus anexos y, en general, el resto de la información contable y de sus subsidiarias, que sería de carácter público.
El proyecto -que modificaría el artículo 35 de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones– establece que la confidencialidad de la información solo la podría declarar el Consejo Directivo del ICE, pero debería justificar, técnica y legalmente, la decisión e indicar el plazo de la medida.
Además, tendrían acceso a la información declarada confidencial por el ICE y sus empresas todas las entidades públicas que, por disposición constitucional o legal, ejerzan funciones de control, supervisión, vigilancia o fiscalización de la Hacienda Pública, así como los órganos jurisdiccionales.
Esas entidades estarían obligadas a resguardar la confidencialidad e integridad de la información frente a sujetos privados no autorizados expresamente por la ley.
La información que obtenga el INS de sus asegurados o potenciales asegurados sí sería de carácter confidencial, y solo podría ser utilizada para los fines del negocio.
Pero esto quedaría restringido cuando lo solicite una autoridad legalmente competente, que justifique su necesidad y por los medios respectivos.
La confidencialidad de la información sería declarada por la Junta Directiva del INS que debería justificar la decisión, técnica y legalmente, así como el plazo de la medida.
La información solo podría ser divulgada cuando así lo considere la Administración, cuando un órgano jurisdiccional o alguna entidad pública, en atención del ejercicio de sus competencias constitucionales o legales de control, supervisión, vigilancia o fiscalización de la Hacienda Pública, lo soliciten, y en los casos previstos por leyes especiales, así como cuando se refiera a información de divulgación general relativa a sus actividades y posición financiera.
La iniciativa pasará ahora al Plenario Legislativo para su discusión y votación en los dos debates reglamentarios.
Vía – CRhoy