La Comisión de Consultas de Constitucionalidad emitió un informe con recomendaciones al Plenario para enmendar el proyecto de ley 21.049 que pretende dar seguridad jurídica a las huelgas, lo cual implican suprimir dos puntos dentro de la iniciativa.
De acuerdo con Carlos Ricardo Benavides, impulsor de la propuesta, la Comisión optó por las recomendaciones emitidas desde el Departamento de Servicios Técnicos que implica suprimir el párrafo segundo del artículo 350 y el inciso 10) del artículo 376.
Esos puntos tienen que ver con la responsabilidad de sindicalistas así como los servicios públicos esenciales en el Poder Judicial. Los magistrados de Sala Constitucional habían hecho observaciones sobre ambos casos.
Así las cosas, se suprime lo siguiente:
- «En caso de que la autoridad judicial emita sentencia condenatoria contra el representante legal de un sindicato o contra alguno de los miembros de su órgano directivo por acciones realizadas en el ejercicio de sus cargos, por los delitos señalados en los artículos 128, 144, 229, 263, 263 bis, 264, 339 y 340 del Código Penal, en calidad de autor, instigador o cómplice, enviará copia de la misma al Ministro / Ministra de Trabajo para los efectos correspondientes al presente artículo».
- Eliminan los siguientes servicios esenciales judiciales: los de materia laboral, derechos fundamentales, derecho de familia, pensiones alimentarias, violencia intrafamiliar, contravenciones y flagrancia, el levantamiento, práctica de autopsias y posterior entrega de cuerpos, así como los servicios médico forense que impliquen atención urgente, incluyendo en todos los casos los servicios auxiliares necesarios para su efectiva prestación.
Al suprimir se resuelve ambos problemas señalados unos de forma y otro de forma de la manera más práctica y ágil», reconoció Benavides.
Votación en enero
Laura Guido, presidenta del foro declaró que ahora, el texto se envía para publicación durante dos días, aunque teniendo en cuenta que el receso legislativo se extiende hasta el 13 de enero, repercutiría en una ampliación de días para que sea de conocimiento público.
Cuando regresen de vacaciones, los diputados en el Plenario deberán decidir si aprueban o rechazan el informe de la Comisión.
De ser aprobado, la sesión siguiente marcará el inicio de la discusión por el fondo del proyecto de ley.
Guido detalló que aunque ya había sido aprobado en primer debate, deberá volver a tener este trámite debido a las observaciones de los magistrados, lo cual implicaba precisamente la subsanación.
Aunque, se habilita sólo para su votación, lo cual no implica la presentación de nuevas mociones.
Vía – Elobservadorcr