El primer aborto terapeútico que se practique en el país con la norma técnica firmada la semana anterior podría costarle la excomunión al presidente Carlos Alvarado.
Así lo afirmó el vocero de la Iglesia Católica, Mauricio Granados, tras las consulta de El Observador.
“En el momento, que Dios no lo quiera, se practiquen abortos utilizando esa normativa y en los casos en que no está debidamente justificado, claramente determinados por la moral cristiana, efectivamente todas las personas que coadyuvaron o normaron esta situación efectivamente podrían ponerse en esa condición”, afirmó el sacerdote.
Granados recordó que aún no se puede adelantar el proceso pues para entrar en rigor la norma técnica debe contar con una serie de protocolos que la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) deberá presentar en los próximos seis meses.
Por tratarse de un jefe de estado, la sanción corresponde exclusivamente al Papa Francisco pero cualquier persona podría hacer la solicitud ante El Vaticano.
Larga lista de excomulgados
El martes anterior la Conferencia Episcopal señaló, mediante un comunicado de prensa, que las personas que promuevan normas favorables al aborto o la eutanasia no podrán recibir la comunión.
Amparándose en su catecismo, la Iglesia señaló que ninguno de sus fieles puede apoyar el tema, darle su voto o ser parte de su aplicación.
“La doctrina canónica establece que matar al ovulo fecundado, al embrión o al feto dentro o fuera del útero materno constituye el delito canónico de aborto, independientemente si es o no viable a la vida fuera del útero materno”, dijo el presbítero Granados.
Según su explicación, la pena de excomunión por la interrupción del embarazo aplica a:
- La madre
- El autor del aborto
- Los coautores
- Los cómplices necesarios -donde entran las autoridades que promulgan la norma-
“Cada aborto es un delito en sí mismo, por lo que quien comete varios abortos incurre en pena de excomunión las veces que lo hubiere practicado”, agregó el cura.
Para levantar la sanción, según Granados, basta con que el feligrés confiese la acción y muestre su arrepiento para que cualquier sacerdote habilite su reincorporación plena a las actividades religiosas.
La norma de la discordia
La interrupción del embarazo cuando la vida o la salud de la madre se encuentren en riesgo fue habilitada por el Código Penal desde 1970.
La norma técnica para estandarizar su aplicación, sin embargo, quedó pendiente desde entonces y no fue sino hasta la semana anterior, cumpliendo una promesa de campaña, que el presidente Alvarado firmó el documento.
El texto fue publicado finalmente en La Gaceta el martes, lo que motivó la advertencia católica.
A la protesta se sumó la bancada evangélica de Nueva República, quienes interpusieron un recurso de amparo pues en su criterio la generación de ese tipo de normativa no es competencia del Poder Ejecutivo.