Huelguistas sufrirán rebajas en salarios por orden de la CCSS

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Los huelguistas que participaron de las protestas de julio sufrirán rebaja en sus salarios por orden de la CCSS. La discusión sobre si se puede rebajar o no los salarios de los funcionarios de hospitales, clínicas y laboratorios que participaron en las huelgas de julio terminó este 6 de septiembre.

La Gerencia Médica de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) ordenó proceder al rebajo de las horas no laboradas el 7 y 14 de julio del 2021 a quienes se unieron a las protestas contra el proyecto de ley de empleo público.

La instrucción consta en el oficio GM-12979-2021, firmado por el gerente médico, Mario Ruiz, al mediodía del lunes.

Según datos suministrados por la Caja, en esos movimientos participaron 340 funcionarios, cuyo cese de labores impidió realizar 50 cirugías y afectó la producción de suero necesario para la vacunación contra la covid-19.

“(…) Se instruye a proceder y verificar que se efectúe el rebajo salarial inmediato; correspondiente a horas o días no laborados en el caso de aquellos trabajadores que se hayan sumado a los movimientos de huelga; desde la entrada en vigencia de la Ley para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos”, manifestó Ruiz.

La orden está dirigida a los directores de sede, directores de hospitales y directores de áreas de salud.

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En la nota, Ruiz informó de que el rebajo es de acatamiento obligatorio y debe ser inmediato.

Agregó que también debe aplicarse el descuento de salario para los funcionarios que estuvieron en las huelgas del 9 y 10 de agosto; la cual se realizó en contra de la reforma en el régimen de pensiones del Invalidez, Vejez y Muerte.

En esos movimientos, según datos oficiales, participaron más de 6.000 empleados de la entidad.

La Caja aún no publica cuántos son los rebajos que debe aplicar y el monto que debe recuperar a través de ese mecanismo.

Incumplimiento

La determinación de la Gerencia Médica se da luego de múltiples titubeos e incumplimientos; pues en las protestas de julio la entidad desacató la normativa al no acudir a un Juzgado de Trabajo; con el fin de que se le ordenara a los funcionarios reincorporarse de manera inmediata a sus labores.

Así debía proceder debido a que la huelga en servicios esenciales, como los hospitalarios, es “manifiestamente ilegal”.

Ante consultas del diputado de Liberación Nacional Carlos Ricardo Benavides; la Gerencia General de la CCSS le pidió a la Auditoría Interna indagar si los funcionarios a cargo de los departamentos afectados por estos movimientos incumplieron sus deberes;  puesto que no hicieron las gestiones necesarias ante los juzgados de trabajo.

A la inacción se sumaron las dudas expuestas por la Gerencia Médica sobre si procedían los rebajos salariales.

El 20 de agosto, el gerente general, Roberto Cervantes; ordenó a los siete gerentes de la entidad recuperar el dinero pagado a 340 funcionarios por horas no laboradas; precisamente, por la indiscutible ilegalidad de las huelgas en servicios esenciales.

No obstante, la Gerencia Médica dudó sobre la aplicación de la ley y decidió consultar a la Dirección Jurídica de la CCSS.

En el oficio GM-11531-2021 del 23 de agosto, Karen Vargas López y Andrés Villafuerte Vega, abogados de la Gerencia Médica; expresaron que existe una “laguna” a la hora de aplicar la regulación a los movimientos del 7 y 14 de julio; porque los trabajadores estuvieron en huelga menos de 24 horas y al día siguiente se reincorporaron a sus labores de manera voluntaria.

“Se considera que existe una laguna normativa en la regulación dispuesta en el Código de Trabajo; dado que este no establece cómo proceder en casos como el antes indicado”, manifestaron.

Los nublados del día fueron aclarados por la Dirección Jurídica de la CCSS el pasado 2 de septiembre.

“Sí resulta procedente el rebajo salarial correspondiente a horas o días no laborados; habida cuenta de que la huelga suspende los contratos de trabajo.

“En consecuencia, los trabajadores no estarán obligados a prestar sus servicios ni el empleador al pago de las remuneraciones, rebajo salarial que, en criterio del Alto Tribunal Constitucional; no quebranta la Constitución Política”, subrayó esa Dirección en su criterio legal.

Con información de La Nación  

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