La Sala Constitucional rechazó tres recursos de amparo interpuestos contra la imposibilidad de acudir a la revisión técnica vehicular. Esto luego del cierre de Riteve, el pasado 15 de julio.
Los recurrentes alegaban que restringirles el derecho de circulación por no tener ese requisito es ilegal. En vista de que el Estado les impide cumplir con el trámite.
Sin embargo, los magistrados decidieron que no se trata de una vulneración a un derecho fundamental.
“En los recursos de amparo interpuestos contra la imposibilidad de acudir a la revisión técnica vehicular. Que fueron resueltos en la sesión del viernes 22 de julio (expedientes 15677-22, 15863-22 y 16014-22), no se visualiza una vulneración de un derecho fundamental.
“La controversia, más bien, es un asunto de legalidad ordinaria. Por lo que debería plantearse en la vía administrativa o en los tribunales de justicia correspondientes”, explicó la Sala.
Bajo esos argumentos se han presentado al menos cinco recursos.
Encrucijada
El Gobierno presentó la semana anterior un decreto ejecutivo para dar una amnistía a los propietarios de vehículos con placas terminadas en 5, 6, 7, 8 y 9. Todos estos podrán circular sin revisión técnica por un plazo que va desde un mes hasta los tres meses.
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Sin embargo, diferentes expertos legales han señalado que incluso para usuarios con placas no protegidas por esa amnistía. Las infracciones por revisión técnica serían ilegales en virtud de la imposibilidad material que existe actualmente para cumplir con ese requisito.
El MOPT extendió hasta el próximo viernes a las 3 p. m. el plazo para que las empresas interesadas en ofrecer el servicio de revisión técnica en el país. De manera temporal, presenten sus ofertas.
Hasta ahora, el ministro Luis Amador ha revelado cinco posibles oferentes, ninguno de los cuales ha oficializado ese interés.
Con información de Cr Hoy
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