Todo lo que necesita saber sobre el marchamo

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Por si usted no lo sabía, todos los propietarios de vehículos deben tener el Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores (SOA), cuyo objetivo es asegurar a las personas que resulten lesionadas en un accidente en el que participen tales medios de transporte.

Este seguro se cobra anualmente y es requisito para obtener el permiso de circulación del vehículo. Así las cosas, el Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, cubre la lesión y la muerte de las personas (peatones y ocupantes del vehículo), víctimas de un accidente de tránsito, exista o no responsabilidad subjetiva del conductor según la (Ley de Tránsito 9078).

Hoy deseo darle recomendaciones que le pueden ayudar mucho a entender el porqué es importante tenerlo al día y algunos aspectos básicos de cómo funciona el mismo:

El SOA ofrece un límite de cobertura de hasta ₵6.000.000 (seis millones de colones), para el año 2020.  Esta protección otorga servicios de atención médica, quirúrgica, farmacéutica y de rehabilitación. En la parte económica: prestaciones en dinero por incapacidad parcial e incapacidad permanente producto de un accidente de tránsito.

¿Dónde lo puedo consultar?

  • Línea gratuita: 800-MARCHAMO (800-6272-4266).
  • Teléfono consulta: 2243-9999.
  • Sitio Web: www.ins-cr.com.
  • Sitio Móvil: www.insmovil.com.
  • Mensaje de texto al 1467 con la palabra marchamo, seguido del número de placa.

¿Cuáles rubros conforman los Derechos de Circulación?

Para que no la emprendamos contra la aseguradora estatal, estos son los rubros que conforman los Derechos de Circulación:

  • Seguro Obligatorio Automotor (SOA).
  • Aporte al Consejo de Seguridad Vial.
  • Impuesto de Ventas sobre el SOA.
  • Impuesto a la Propiedad de Vehículos.
  • Infracciones a la Ley de Tránsito.
  • Estacionómetros.
  • Impuesto a favor de las Municipalidades.
  • ARESEP (buses y taxis) Canon de transporte público (CTP) (buses y taxis).
  • Timbre Fauna y Timbre Scout.

¿Qué pasa si no se paga el Derecho de Circulación?

Se acumulan recargos por el atraso, de acuerdo con el siguiente detalle de rRecargos:

  • Seguro Obligatorio para los Vehículos Automotores: Tasa básica pasiva anual más cinco puntos porcentuales, calculada por el Banco Central de Costa Rica (BCCR), vigente al momento del cobro, aplicado en forma proporcional a los días de retraso.
  • Infracciones: 36% anual.
  • Impuesto sobre la propiedad (interés) 12,37 % al año o 0.03380 diario (este porcentaje puede variar durante el resto del año).
  • Impuesto sobre la propiedad (multa) 10% por mes (con tope del 100%).
  • Estacionómetros: 2% por mes, hasta 24%. Se detiene al año.

Además, debe tener en cuenta que se expone al pago de multas y al retiro del vehículo de circulación, si no ha cancelado el respectivo Derecho de Circulación, según la Ley de Tránsito en sus Art. 146, inciso “x” y Art. 151 inciso “a”.

¿Dónde puede acudir una persona para recibir los servicios de salud del INS?

El Instituto Nacional de Seguros (INS) posee 22 Centros Médicos Regionales en todo el territorio nacional, que prestan asistencia médico- quirúrgica básica a las personas que son víctimas de un accidente de tránsito. El horario de atención es de 8 a.m. a 5 p.m.

Además, el INS cuenta con amplias instalaciones en el Hospital de Trauma, ubicado en La Uruca, en las cuales adicional a los servicios de consulta externa, se brindan los de hospitalización y rehabilitación.

Por lo que le recomiendo que tenga su seguro y marchamo al día y así ayudemos a mantener la solidaridad del mismo.

Vía – Elobservadorcr

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